Aviso a los camareros, tus propinas tributan a hacienda

Si esto se llevase a cabo, la empresa debe retener e ingresar en cuenta a sus trabajadores el importe de sus propinas. Algo realmente difícil de llevar a cabo y controlar, lo más sencillo para las empresas en prohibir las propinas con el correspondiente perjuicio para el empleado.

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Ahora León / Hacienda / Tributo Propinas

Llega el verano, se llenan las terrazas y lo normal es dejar una propina a los camareros. Céntimo a céntimo a lo largo del día algunos bares pueden recibir en propinas más de cincuenta euros, multiplicado por 30 días laborables sale un sueldo…1500 euros. Ante tantos bares, hacienda ha calculado que se genera un gran agujero de dinero negro. Por eso avisa: esos ingresos deben tributar bajo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El artículo 76 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -aprobado en 1999- establece «la obligación de retener e ingresar a cuenta […] cuando satisfagan a su personal cantidades desembolsadas por terceros en concepto de propina, retribución por el servicio u otros similares».

Una situación compleja de controlar y  ejecutar, lo mejor  es poner en valor  la situación laboral de los camareros ya que, es una profesión a la que cada vez se le exige más profesionalización: idiomas, saber estar, conocimiento del lugar…

Con la reforma del IRPF aprobada por el Partido Popular y Ciudadanos a comienzos de 2018, las rentas inferiores a 14.000 euros estarían exentas del pago del tributo sobre la renta. En el caso de los camareros que estén en esta situación, si se le suman las propinas, sí estarían obligados a declarar el IRPF.

¿Y el resto de las profesiones en las que también es habitual dejar una propina se van a controlar también?