Asun Mayo: «La mediación en conflictos familiares: preservando la calidad de vida es el objetivo de mi trabajo como mediadora»

Las personas que desean resolver de forma constructiva la situación de conflicto que están viviendo y quieren llegar a soluciones que den respuesta a sus necesidades encuentran en la mediación familiar una solución más valorada que la vía judicial.

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Dentro del ciclo de conferencias que organiza Activos y Felices bajo el titulo “Conoce Tus Derechos” tuvo lugar una jornada con un contenido interesantes y sin duda desconocido: “La Mediación Familiar: una forma positiva de resolver conflictos” impartida por Asun Mayo, Abogada, Experta en Mediación Familiar y Coach.

Para que la mediación familiar pueda producirse es imprescindible que se realice en un contexto en el que el respeto y la igualdad entre los participantes en la mediación estén garantizados” manifestó Asun Mayo

La mediación familiar, que tiene una regulación jurídica propia en la Comunidad de Castilla y León, es un instrumento de ayuda profesional para la búsqueda de soluciones y acuerdos cuando se produce o se va a producir una ruptura de pareja y en otros conflictos familiares.

En los procedimientos de mediación familiar intervienen profesionales cualificados, neutrales e imparciales, que procuran crear entre las personas en conflicto un marco de comunicación que les ayude a gestionar su ruptura. Estos profesionales sirven de guía en el procedimiento, ofreciendo a la familia la oportunidad de alcanzar un acuerdo, facilitando la comprensión de las emociones inherentes a los conflictos, intereses y necesidades de todas las personas implicadas.

Por ello, cualquier proceso de mediación familiar debe respetar nueve principios básicos para llegar a buen término.

  1. Voluntad.

Las personas que desean resolver de forma constructiva la situación de conflicto que están viviendo y quieren llegar a soluciones que den respuesta a sus necesidades.

  1. Voluntariedad.

Conlleva la capacidad de decisión que los participantes en una mediación tienen con respecto a iniciar, seguir o abandonar un proceso de mediación en el momento que lo deseen sin que ello les suponga ningún perjuicio.

  1. Confidencialidad.

El contenido de las sesiones de mediación siempre está bajo secreto profesional, salvo en situaciones de violencia en que los mediadores deberán comunicarlo a las autoridades, tal y como regula la legislación española vigente. Esto garantiza que las personas puedan expresarse con total libertad, lo que servirá para construir una relación de confianza hacia el mediador o mediadora. Los contenidos no podrán ser divulgados excepto en los casos en que esto constituya un ilícito penal.

  1. Flexibilidad.

El procedimiento de la mediación debe adaptarse a las necesidades de las personas mediadas.

  1. Neutralidad.

La persona que media en el proceso debe mantener una postura y una mentalidad neutras, sin ceder a sus propias inclinaciones o preferencias, y respetando las preferencias de las personas sujetas a la mediación.

  1. Imparcialidad.

El mediador o la mediadora debe actuar libre de favoritismos y prejuicios, tratando a las personas mediadas con objetividad y sin hacer diferencias que puedan perjudicarles o desequilibrar el proceso. Es fundamental recordar que son las partes las que deben llegar a acuerdos entre ellas, el mediador solo se encargará de facilitar que encuentren las soluciones o los posibles pactos.

  1. Inmediatez.

Por su carácter preventivo y de tratamiento de crisis en el menor tiempo posible, el servicio de mediación familiar debe prestarse con la mayor celeridad posible, simplificando los trámites y procedimientos.

  1. Interés superior de menores y personas dependientes.

Las y los mediadores gestionan las negociaciones durante el proceso de mediación, ayudando a las partes a tomar sus propias decisiones, sin juzgar ni valorar su competencia.

  1. Buena fe y transparencia.

Durante todo el proceso de mediación debe prevalecer la transparencia y la buena fe por parte de todas las personas que participan.