La ULE convoca ayudas por ‘escasez de recursos y emergencia social’

Los beneficiados recibirán hasta 1.500 euros para el pago de la matrícula, y también podrán optar a financiación para el alojamiento y la manutención

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Hasta el 31 de octubre permanecerá abierto el plazo para la presentación de solicitudes para la convocatoria de la Universidad de León (ULE) de ayudas de exención del pago de precios públicos de matrícula para cursar estudios de Grado en sus facultades y escuelas en el curso 2019-2020. Para solicitar estas ayudas es preciso cumplir con las condiciones que se relacionan seguidamente:

– a) Ser estudiante español matriculado en un centro de la ULE, propio o adscrito en estudios de grado, primer ciclo o segundo ciclo,

– b) Cumplir los requisitos de orden académico y económico fijados en cada convocatoria anual (se pueden consultar en la web de la ULE, el siguiente enlace:

https://www.unileon.es/files/Convocatoria_Escasez_de%20Recursos_2019-20.pdf

– c) No poseer título universitario alguno, y

– d) No disfrutar de beca o ayuda de cualquier clase de una entidad pública o privada para los mismos conceptos.

La ayuda consistirá en el pago de los precios públicos de los créditos en primera y segunda matrícula por un importe máximo de mil quinientos euros en el curso 2019-2020. En los centros adscritos este importe se reducirá en función del porcentaje de los precios públicos que aporten a la ULE.

Por causas excepcionales sobrevenidas, debidamente acreditadas documentalmente, la comisión podrá suplementar esta ayuda, hasta el importe total de la matrícula. También excepcionalmente podría incluirse en la ayuda la financiación total o parcial del alojamiento y manutención en el colegio mayor de la Universidad de León.

EL CASO DE LOS ESTUDIANTES EMANCIPADOS

En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha situación, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual.

En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la unidad familiar.

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