Los animales ya no son «cosas»

Se aprueba el régimen jurídico de los animales para que las mascotas dejen de ser consideradas legalmente como "bienes muebles".

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El Congreso aprobará este martes una proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales para que las mascotas dejen de ser consideradas legalmente como «bienes muebles».

Si bien el Código Penal, con las reformas de 2003 y 2015, ya distingue entre los daños a los animales domésticos y a las cosas, el Código Civil sigue ignorando que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad (cualidad recogida incluso en el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre el bienestar de los animales).

De hecho, el Código Civil da a las mascotas el estatus jurídico de «bienes muebles» por lo que pueden incluso llegar a ser embargados o hipotecados. Algo que va a ser corregido en breve.

La proposición de Ley del PP sobre el estatus jurídico de los animales, que saldrá adelante este martes en el Congreso, prevé la triple modificación normativa del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil para revertir esta situación.

En el Código Civil, junto a la afirmación del actual artículo 333, según el cual «todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles», se concreta que los animales no son cosas, sino seres dotados de sensibilidad, lo que no implica que en determinados aspectos no se aplique supletoriamente el régimen jurídico de las cosas. Pasan así los animales a estar sometidos solo parcialmente al régimen jurídico de los bienes o cosas.

Asimismo, se introducen en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de custodia de los animales de compañía, cuestión que ya ha sido objeto de controversia en nuestros tribunales. Para ello se contempla el pacto sobre los animales domésticos, y se sientan los criterios sobre los que el juez debe tomar la decisión de a quién entregar el cuidado del animal, atendiendo a su bienestar.En la ley Hipotecaria se modificará parcialmente el artículo 111 para impedir que se extienda la hipoteca a los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo y prohibir el pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía.

Por último se modifica el artículo 605 de la ley de Enjuiciamiento Civil para declarar absolutamente inembargables a los animales de compañía en atención al especial vínculo de afecto que liga a los animales de compañía con la familia con la que conviven. Una previsión que no impide la embargabilidad de las rentas que dichos animales pudieran generar.