Los niños de León reclaman el arte, la cultura y el deporte como espacio de desarrollo personal

La Concejalía de Familia y Servicios Sociales atiende al año a cerca de 1.500 menores a través de programas específicos .

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Ahora León / Día Universal de la Infancia

Las actividades organizadas con motivo del Día Universal de la Infancia, el Día Internacional del Niño que se celebra hoy, se han trasladado a Espacio Vías, donde alumnos de los colegios Cervantes, Teresianas, Ponce de León, Virgen Blanca y Maristas San José han disfrutado de una fiesta con música y suelta de palomas.

Esta jornada quiere conmemorar el aniversario de la Convención de los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989, el primer tratado internacional jurídicamente vinculante que reúne los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de los todos los menores del mundo. Este año, el manifestó leído por dos alumnos de los citados centros escolares se ha centrado en tres derechos: “El arte, la cultura y el deporte son espacios de expresión y desarrollo personal. La expresión constituye una dimensión y derecho fundamental  y la expresión artística es una vía para los niños, niñas y adolescentes desarrollen esa dimensión y ejerzan ese derecho de manera individual y colectiva. Son espacios de encuentro y participación, de sensibilización, denuncia, promoción y defensa de derechos. A través de estas acciones, las personas pueden conocer sus potencialidades, sus cualidades, sus habilidades y lograr la inclusión en la sociedad”.

El alcalde, Antonio Silván, acompañado por la concejala de Familia y Servicios Sociales, ha participado en esta fiesta por los Derechos de la Infancia. Silván ha señalado que los mayores deben contribuir a lo que los niños han pedido a través del manifiesto, “a desarrollar todas sus aptitudes y capacidades, a desarrollar esas mentes libres”. El alcalde ha recordado es una ciudad en la que la infancia siempre ha tenido protagonismo. Es ‘Ciudad amiga de la infancia desde 2014. Al respecto, ha resaltado la renovación de este reconocimiento hasta el año 2022 por parte de Unicef.

En el programa del Día Internacional del Niño, que ya comenzó el pasado 11 de este mes, este año, se han sumado los clubes deportivos Cultural y Deportiva Leonesa, Ademar y Cleba. En sus partidos, un grupo de menores han leído un manifiesto por los derechos de los niños. Las actividades continúan esta tarde en Espacio Vías, a partir de las seis de la tarde, organizadas por la ONG SED, con lectura de manifiesto, danzas del mundo  y suelta de globos paloma.

El municipio de León tiene una población superior a los 19.000 habitantes menores de 18 años, lo que representa el 14,9% del censo. El Ayuntamiento de León desarrolla distintas iniciativas para favorecer el bienestar de los niños, marcadas en el Plan de Infancia. Estas líneas de actuación son la atención en situación de riesgo de exclusión, prevención y atención, participación y promoción, educación y cultura, deporte, ocio y tiempo libre, salud y medio ambiente y e información. La Concejalía de Familia y Servicios Sociales atiende al año a cerca de 1.500 menores a través de programas específicos entre los que se encuentran las aulas socioeducativas, ludotecas, proyecto ‘Educando mi futuro’, el Consejo Municipal de Infancia y Adolescencia, prevención de la desprotección, escuelas infantiles, el centro de Día de Menores ‘Gloria Fuertes’, programa de absentismo escolar y programas de apoyo a familias.  Todos ellos, además de otros y de la atención a través de los CEAS, tienen como objetivo garantizar las necesidades básicas de los niños

Los Derechos del Niño

La Declaración de los Derechos del Niño es un tratado internacional aprobado el 20 de noviembre de 1959 de manera unánime por todos los estados miembros que componían entonces la Organización de Naciones Unidas (ONU). A su vez está basada en la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del  Niño, del año 1924.

En 1989 se firmó  la Convención sobre los Derechos del Niño, cuyo texto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de ese año y que entró en vigor el 2 de septiembre de 1990. Es el tratado internacional más ratificado de la historia, con 193 países. El Comité de los Derechos del Niño está formado por 18 expertos en derechos de la infancia procedentes de países y ordenamientos jurídicos diferentes.

Los 54 artículos que componen la Convención recogen los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de todos los niños, y es el primer instrumento internacional que reconoce a los niños como agentes sociales y como titulares activos de sus propios derechos. Su aplicación es obligación de los gobiernos, pero también define las obligaciones y responsabilidades de otros agentes como los padres, profesores, profesionales de la salud, investigadores y los propios niños y niñas.

Según explica Unicef, los Derechos del Niño se rigen por cuatro principios fundamentales:

Los niños no deben sufrir discriminación

El interés del niño debe ser lo más importante cuando se tomen decisiones que les afecte.

Todos los niños tienen derecho a la supervivencia y el desarrollo; esto incluye el derecho al Bienestar mental y físico.

Los niños tienen que expresar sus puntos de vista y siempre tienen que  tomarse en consideración sus opiniones en los temas que les afecten.

La Convención sobre los Derechos del Niño es un texto importante porque consigue despertar la conciencia de todos sobre la realidad. Es a la vez un instrumento esencial para que se promueva el cambio de actitudes, y se alerte para la necesidad de prevenir problemas como el abuso sexual, los malos tratos, la explotación, el abandono y la falta de respeto a los derechos de la infancia.

Los derechos fundamentales son:

  1. El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
  2. El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado de todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente, en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
  3. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
  4. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y a desarrollarse en buena salud: con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, ciudadanos especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
  5. El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
  6. El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia, o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas, conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
  7. El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación: dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
  8. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
  9. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se lo dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
  10. El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.