OCU considera que la cartilla Covid que propone el Gobierno de Madrid no es una medida acertada

Cualquier dato de salud ha de estar especialmente protegido y contar con todas las garantías legales para su tratamiento

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La Comunidad de Madrid anunció ayer una serie de medidas para paliar la transmisión del coronavirus, entre las que se encuentra una ‘cartilla Covid’ que tendría su reflejo en la tarjeta sanitaria a fin de identificar a las personas que han padecido la enfermedad, para evitar que puedan contagiar y los que no la han padecido, para evitar que puedan ser contagiados. Una medida que, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), no sería acertada, por falta de fiabilidad y de dudosa legalidad.

Para OCU, desde un punto de vista puramente clínico, hoy en día, no hay seguridad científica sobre el tipo de inmunidad que confiere el haber pasado la enfermedad. No se sabe a ciencia cierta si los anticuerpos aseguran inmunidad duradera, ni (si es así) qué nivel de anticuerpos es el que asegura la citada inmunidad, ni sobre la duración de los anticuerpos.

Incluso si se estableciese un “nivel seguro” de anticuerpos (que actualmente no existe), ese nivel valdría para el momento puntual en el que se hace el análisis, por lo que habría que establecer asimismo cada cuánto tiempo se obligaría a la persona a repetirse la prueba para asegurarse de que siguen estando por encima de ese nivel.

Tampoco se sabe si una persona con niveles de anticuerpos bajos o indetectables y que haya pasado la enfermedad de forma leve guarda otro tipo de inmunidad (basada, por ejemplo, en mecanismos de inmunidad celular que un análisis no detecta).

La Organización considera que proporcionaría una sensación de “falsa” seguridad que no puede utilizarse como documento fiable para el fin pretendido.

Por otra parte, OCU quiere alertar de que este tipo de medidas pone al descubierto datos de salud que, como tal, deben adaptarse a la normativa sobre protección de datos e incluir todas las garantías que la citada legislación exige.

Cualquier dato de salud que conste en una cartilla o tarjeta supone una grave intrusión en los derechos de los afectados, no sólo porque se indicaría claramente que se ha pasado o no la enfermedad (al margen del estigma social que ello pueda conllevar) sino también porque, a partir de él, se presumiría (pero no se acreditaría ni se aseguraría) que una persona puede contagiar o no.

Por otro lado, la Organización se pregunta si además de la finalidad sanitaria, con ello se pretende la denegación de acceso a un colegio, a un hotel o a un puesto de trabajo, con lo que nuevamente se estaría desvelando a terceros datos de salud, especialmente protegidos, que además pueden tener un importante impacto para la persona afectada.

OCU considera que la puesta en marcha de esta cartilla en septiembre y el correspondiente tratamiento de datos requeriría, en primer lugar, que cuente con una evidencia científica que la sustente y, en segundo lugar, que pueda contribuir eficazmente a prevenir la diseminación de la enfermedad, pasando todo ello por la adaptación a los límites y garantías específicos que exige la actual normativa sobre protección de datos.