OCU denuncia a Vueling por cancelar vuelos que siguen a la venta en su web

En ningún momento informa del derecho a recibir una compensación por la cancelación de vuelos y solo ofrece el cambio de fecha o un bono. OCU ha denunciado estas prácticas ante la AESA y la Dirección General de Consumo.

0
Imagen: S.Arén

Ahora León / Noticias de León / OCU

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a la compañía aérea Vueling ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) y la Dirección General de Consumo, por las prácticas irregulares detectadas consistentes en supuestamente cancelar vuelos que siguen a la venta en su página web.

OCU ha recibido en los últimos días numerosas quejas de usuarios a través de las redes sociales, alertando de prácticas poco transparentes por parte de la compañía Vueling. La Organización ha podido comprobar que, en todos los casos, los usuarios habían adquirido vuelos nacionales con Vueling en unas fechas de salida posterior al levantamiento del estado de alarma.

Unos días antes de la salida del vuelo, los usuarios han recibido llamadas telefónicas donde se les informaba por parte de la compañía que su vuelo había sido cancelado (alegando motivos externos a ellos, como el Covid o supuestas limitaciones por parte de las autoridades) y ofreciéndoles alternativas como cambiar a otro vuelo o aceptar un bono, sin hacer referencia en ningún momento a las compensaciones que estable la normativa en caso de cancelación.

Sin embargo, en la web de Vueling esos supuestos vuelos cancelados seguían disponibles para la venta y, es más, en algunos casos se han detectado importantes incrementos de precio. Inclusive, en algunos casos en los que viajaban varios usuarios juntos pero que habían comprado el billete por separado, solo se avisó a uno de ellos de la cancelación.

Para OCU se tata de una práctica irregular, opaca y sospechosa de Vueling, que para informar de vuelos supuestamente cancelados (pero que siguen disponibles para la venta), se dirige al cliente por vía telefónica (algo poco frecuente en cancelaciones de vuelos) para ofrecerle el cambio de fecha o un bono incumpliendo la obligación de informar a los usuarios de su derecho al reembolso y a la compensación automática que establece el Reglamento europeo. A falta de una explicación razonable, estas prácticas irregulares no parece que obedezcan a otro motivo que querer inflar el precio de los billetes y obtener mayor beneficio en los destinos con más demanda tras el fin del estado de alarma.

OCU recuerda a todos los posibles usuarios afectados cuáles son sus derechos:

  • La vía telefónica no es la adecuada para este tipo de comunicaciones ya que no queda constancia de esta. En todo caso, la compañía debe informar sobre los derechos que asisten al usuario en caso de cancelación.
  • Si la cancelación se produce en los plazos establecidos en el Reglamento y no se facilita un vuelo alternativo en un horario próximo muy similar al contratado procede el reembolso del billete, la compensación, así como el derecho a la indemnización de daños y perjuicios producidos y probados.

Por ello, OCU recomienda a los usuarios afectados por estas prácticas que reaccionen inmediatamente y a través del servicio de atención al cliente de la compañía, dejen constancia por escrito de que la notificación de la cancelación ha sido por teléfono, sin información sobre sus derechos y que, además, se ha verificado que el vuelo sigue disponible. En esa reclamación deben solicitar y la ejecución del contrato y si finalmente la cancelación se produce podrán solicitar el reembolso, compensación, además de los daños y perjuicios ocasionados. De no solucionarse inmediatamente el problema con carácter urgente, OCU recomienda denunciar ante la AESA por vía telemática.

Por último, ante estas irregularidades OCU ha pedido explicaciones a la compañía y ha denunciado ante la AESA y la Dirección General de Consumo  la existencia de estas prácticas ilícitas contrarias a la normativa, para que investiguen estas supuestas cancelaciones y sancionen a la empresa si aprecian la existencia de una infracción del Reglamento Europeo y la normativa de protección de los consumidores.