Piden la retirada de símbolos franquistas de dos iglesias de León

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Ahora León / Noticias de León

La Agrupación Pozo Grajero registra en Subdelegación de Gobierno la exigencia de cumplimiento del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica y como tal la retirada del escudo franquista que puede verse en la Iglesia de Renueva, así como de la placa a Primo de Rivera de la Iglesia de San Marcelo.

En caso de no retirarse, la agrupación exige que se lleven a efecto los preceptos legales que recogen retirar subvenciones y ayudas públicas al Obispado hasta que se haga efectivo el cumplimiento de la Ley. Esta exigencia la extienden a otras administraciones, como son el caso del Ayuntamiento de León, la Diputación Provincial y la Junta de Castilla y León.

Dado que en ninguno de los dos casos se puede aducir razones de índole artístico o arquitectónicas la Agrupación Pozo Grajero considera indecente que la Iglesia Católica mantenga en su seno este tipo de expresiones de ensalzamiento de la dictadura franquista.

Ahora que se ha empezado a debatir en serio sobre la retirada de calles o carteles oficiales ligados a la dictadura, es el momento de aplicar la Ley de Memoria Histórica también a “los propietarios privados”: sobre todo aquellos que disfrutan de privilegios en forma de cruz, dentro del IRPF, o subvenciones y ayudas públicas por parte de todas las administraciones.

Artículo 15. Símbolos y monumentos públicos:

  1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
  2. Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la ley.
  3. El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura a los efectos previstos en el apartado anterior.
  4. Las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo.