Bierzo Aire Limpio apoya la iniciativa del Fondo de Defensa de la Cordillera Cantábrica

Son los primeros contencioso-administrativos que se presentan a cargo del Fondo Jurídico para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica (FDJCC) contra proyectos eólicos aprobados en Galicia esperando que sienten un precedente nacional de cara a la lucha contra la fragmentación artificial y un inasumible impacto ambiental.

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La Asociación para la Defensa Ecolóxica de Galiza (ADEGA) y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica (PDCC), con el apoyo expreso de Bierzo Aire Limpio, y en representación de todas las entidades promotoras del Fondo para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica (FDJCC), presentaron ayer tres recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) contra la aprobación por parte de la Xunta de Galicia de otros tantos parques eólicos promovidos por Greenalia, empresa de cuyo Consejo de Administración forma parte la ex-Conselleira de Medio Ambiente de Galicia, Beatriz Mato.

El financiamiento de los tres procesos judiciales se hará con cargo al Fondo para la Defensa Jurídica de la Cordillera Cantábrica y de sus entidades promotoras (ADEGA, PDCC, Sociedade Galega de Ornitoloxía, Mesa Eólica de Las Merindades de Burgos, Bierzo Aire Limpio y la Plataforma para la defensa de los Valles Pasiegos). Se trata de las primeras iniciativas judiciales relativas a proyectos concretos que se promueven a través de este Fondo, que recaudó el pasado año (en un tiempo récord) más de 49.000 € a través de una plataforma de micromecenazgo o  “crowfunding”, superando el objetivo inicial de 40.000€.

Uno de los principales objetivos del FDJCC es el de promover acciones legales en el ámbito judicial europeo, estatal y autonómico ejemplarizantes, que contribuyan a defender la sociedad y el medio ambiente de todos los territorios que forman parte de la Cordillera Cantábrica, frente a la actual avalancha de megaproyectos de energía eólica.

El trío Campelo – Bustelo – Monte Toural: Fragmentación artificial y elevado impacto ambiental

Los parques eólicos recurridos en contencioso-administrativo son los denominados “Campelo”, “Bustelo” y “Monte Toural” que afectan a los municipios gallegos de Coristanco, Santa Comba, Carballo y Tordoia. Todos ellos se sitúan en una misma área geográfica, alrededor de la Lagoa de Alcaián, y comparten accesos, líneas de evacuación y estación transformadora. El Consello de la Xunta de Galicia declaró a los tres en un mismo acto administrativo “proyectos de interés especial”. Esta categoría, recogida en la Ley gallega 5/2017 de fomento de la implantación de iniciativas empresariales, más conocida en Galicia como “Ley de depredación”, implica una tramitación prioritaria y la reducción a la mitad de los plazos de instrucción, además de que automáticamente se considera prevalente la utilidad pública de los parques sobre cualquier otra.

Uno de los principales argumentos jurídicos que fundamentan la presentación de estos recursos contencioso-administrativos es la existencia de una clara fragmentación artificial de una única instalación o central eólica en tres proyectos diferentes para no superar individualmente los 50 MW y poder ser tramitados por la Xunta, beneficiándose del procedimiento “exprés” y de las prebendas legislativas aprobadas por Núñez Feijóo. El despiece de un mismo proyecto en varias partes pretende, además de las ventajas para el promotor, hurtar una correcta evaluación ambiental al ignorar los efectos sinérgicos de las instalaciones sobre los hábitats, especies, paisajes, servicios ecosistémicos… Es una maniobra fraudulenta de la que es cómplice la Xunta y que perjudica el interés público e, incluso los intereses particulares: se fragmenta también la posible oposición y se lesiona el ejercicio de los derechos ciudadanos de información y participación pública, perjudicando el interés general y a los particulares que ven mermada su capacidad de respuesta y negociación con la promotora.

Además de la fragmentación artificial, sobre la que existe jurisprudencia reciente del propio TSJG, las tres instalaciones promovidas por la empresa e la ex-consejera Beatriz Mato, se sitúa sobre un área propuesta en 2008 y 2011 para ser incorporada a la Red Natura 2000, y que además acoge endemismos botánicos únicos. En concreto, se trata de la Centaurea ultreiae Silva Pando, planta catalogada “en peligro crítico de extinción” y cuya población mundial se compone tan sólo de 6.821 individuos, todos en 10 km2 sobre los que la Xunta acaba de autorizar estos tres parques eólicos. Cabe destacar que la Consellería de Medio Ambiente de Galicia conocía la presencia de estos endemismos a través del «Plan integral de recuperación e conservación das especies vexetais en perigo de extinción da zona de Bergantiños (Centaurea ultreiae Silva Pando e EuphorbiapolygalifoliaWelw. ExBoiss)», documento elaborado en 2010 para la protección de estas especies, y que doceaños después la Xunta aún no ha aprobado. Curiosamente la empresa eólica, siendo aúnconselleira de Medio Ambiente Beatriz Mato, pudo acceder a este y a otros documentos técnicos no públicos para poder “afinar” más sus proyectos.

Desde ADEGA y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica espera que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia tome en consideración estos recursos y aplique su propia y reciente jurisprudencia (parque eólico Sasdónigas I y II) para anular las recientes autorizaciones de la Xunta. Esperamos también que estos recursos judiciales sirvan de precedentes en la defensa de los espacios naturales que han sido objeto de las propuestas de ampliación de la Red Natura 2000 o de aquellos que acojan singularidades ambientales de especial relevancia como endemismos o especies en peligro de extinción, que se verían gravemente afectadas por la implantación de estos megaproyectos eólicos. No nos queda más remedio que recurrir al amparo de la Justicia para frenar los atropellos de la Xunta de Galicia, más preocupada en favorecer a las empresas amigas que por salvaguardar el patrimonio natural y los derechos de la ciudadanía.