La Junta Arbitral el mejor recurso anticonflictos

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Texto: AhoraLeón

El arbitraje de consumo es un sistema de resolución de conflictos entre consumidores y usuarios –de quien debe partir necesariamente la solicitud–  y empresas, comercios, profesionales o prestadores de servicios –que tienen que aceptarlo–, concebido como una alternativa a la justicia ordinaria y fundamentado en la voluntariedad de las partes. Ello implica que para que una discrepancia pueda ser examinada por una Junta Arbitral de Consumo el cliente debe solicitarlo y el establecimiento asumirlo.

Entre sus características más importantes destaca, en primer lugar, la gratuidad del servicio, salvo que una de las partes solicite una prueba en el proceso, supuesto en el que debe sufragar su coste. Otro hecho diferencial del arbitraje frente al sistema judicial es que, una vez dictado un laudo, la discrepancia se considera juzgada y no puede volver a plantearse ante ninguna otra instancia.

La decisión arbitral es, por lo tanto, vinculante y de obligado cumplimiento para las partes de manera que, si una de ellas no la obedece, la contraria puede acudir a un Juzgado de Primera Instancia y exigir su ejecución.

La Junta Arbitral de Consumo de Castilla y León ha registrado 1.750 solicitudes de intermediación en 2015, de las que 1.557 se han generado en el transcurso del año y el resto, 193, se encontraban en trámite al iniciarse el ejercicio. De las peticiones totales, 46 no se han admitido. Las causas más frecuentes de rechazo han sido la apreciación de indicios racionales de lesiones o delito y la condición del reclamante de empresario o profesional.

A la cifra global de instancias admitidas (1.704) hay que restar 161 por haber sido derivadas a otro órgano de decisión con competencias para dictar resolución, principalmente, a los servicios territoriales de Industria en el caso de las reclamaciones contra empresas distribuidoras de energía y a otras juntas arbitrales de distinto ámbito territorial. Además, se han contabilizado 107 casos en los que el consumidor que interpuso la queja desistió de seguir adelante con el proceso.

Por lo tanto, las solicitudes de arbitraje que han llegado a gestionarse por este órgano autonómico en el último año ascienden a 1.436, de las que 318 han sido archivadas – bien porque alguno de los litigantes no ha aceptado este sistema, bien porque ambos han llegado a un acuerdo por iniciativa propia– y 1.118 han requerido un acto de mediación o un pronunciamiento mediante un laudo.