UPL presenta 18 enmiendas a la Ley de servicios esenciales para “asegurar la cercanía de los servicios en el medio rural”

Los leonesistas han planteado, entre otras cuestiones, la fijación de una distancia legal máxima para el acceso a los servicios sanitarios de Hospitales o Centros de Especialidades, o a centros educativos que oferten Educación Secundaria y FP

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Tras haber finalizado el periodo de presentación de enmiendas a la Proposición de Ley para garantizar la prestación de los servicios autonómicos esenciales, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en las Cortes autonómicas, desde Unión del Pueblo Leonés (UPL) han sido un total de 18 las enmiendas presentadas a dicha Proposición de Ley, al considerar que “se quedaba muy corta en algunos aspectos, con vacíos legales para poder asegurar la cercanía de determinados servicios en el medio rural”.

Por ello, los leonesistas han planteado dicha batería de enmiendas con el objetivo de “asegurar el cumplimiento efectivo del artículo 19 de la Constitución en cuanto al derecho a elegir libremente el lugar de residencia y que este no se vea lesionado por la falta de servicios básicos”, así como para “garantizar la cohesión y el equilibrio entre diferentes partes del territorio que reclama el artículo 43.3 del Estatuto”.

En este aspecto, desde Unión del Pueblo Leonés han presentado sendas enmiendas para garantizar y concretar una mínima cercanía de ciertos servicios sanitarios y educativos a todas las áreas geográficas. Un requerimiento que, en el caso sanitario, plantean que vaya más allá de los Centros de Salud y se concrete también para los Centros de Especialidad u Hospitales, fijando en una de sus enmiendas que “el Centro Hospitalario o, en todo caso, el Centro de Especialidades más cercano a un municipio, no podrá estar ubicado a más de 50 kilómetros del municipio más lejano del área a la que diese servicio.”

Asimismo, UPL ha planteado mediante otra enmienda la necesidad de que se tenga en cuenta “el nivel de envejecimiento de la población y las necesidades de los diferentes colectivos de edad y sociales existentes en cada zona, de cara a reforzar la atención sanitaria en aquellas áreas donde fuese conveniente y necesario”, planteando también que la consulta un día a la semana sea obligatoria para todos los núcleos de menos de 100 habitantes, eliminando lo establecido por el PP en la proposición de Ley, que en el caso de los menores de 50 habitantes reducía el servicio a consulta a la demanda.

En cuanto a materia educativa, los leonesistas plantean que se asegure una mínima cercanía de los servicios de Educación Secundaria y FP a todas las áreas geográficas, recogiendo en una enmienda que “ningún municipio deberá tener a más de 50 kilómetros el centro educativo más cercano que preste servicios de educación secundaria y formación profesional.”

Por otro lado, desde UPL plantean que la supresión de centros de servicios esenciales requiera de una votación previa en las Cortes que tenga un carácter vinculante y exija su aprobación por una mayoría cualificada de tres quintos de la cámara, en lugar del mecanismo planteado por el PP en el proyecto que implicaría que se hiciese mediante un simple acuerdo de la Junta tras un debate no vinculante de las Cortes sobre ello. Y es que los leonesistas consideran que la supresión de centros “al tratarse de una cuestión socialmente sensible debería requerir un consenso amplio”.

En cuanto a los medios económicos para poder asegurar todos los servicios en zonas rurales, los leonesistas plantean que se recoja en la ley la obligatoriedad de atender a la capacidad financiera de las entidades locales para poder cumplir con determinadas prestaciones de servicios en el ámbito rural. Un hecho que plantean para que “en el caso de que no tuviesen capacidad por su tamaño poblacional, haya una mayor colaboración e implicación directa de la comunidad autónoma para asegurar dichos servicios en el medio rural”.

Y es que, para Unión del Pueblo Leonés, debe haber un refuerzo del sistema tanto en el ámbito sanitario y educativo, como en otras áreas de protección social, especialmente en las áreas rurales, de cara a asegurar con ello los derechos a la dignidad de la persona y la igualdad de todos los españoles sin que quepan discriminaciones reconocidos por los artículos 10 y 14 de la Constitución.